Greenpeace: Barañao se equivocó de adversario

Noticia - 17 abril, 2018
Buenos Aires, 16 de abril de 2018. Greenpeace respondió a las declaraciones de la semana pasada del Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, sobre los “fundamentalismos” que ponen trabas a los sectores productivos, para justificar el avance de la minería y la agroindustria en detrimento del ambiente.

Lino Barañao, ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.

 

"Es una vergüenza que el ministro de Ciencia señale a los ecologistas como fundamentalistas y enemigos del desarrollo cuando los verdaderos enemigos del desarrollo de la sociedad son las empresas destructoras del medio ambiente y los gobiernos cómplices de esa destrucción." dijo Hernán Giardini, coordinador de la campaña de bosques de Greenpeace.

El titular de la cartera de Ciencia ironizó sobre los ambientalistas durante la última reunión del Consejo Federal de Ciencia diciendo "La diferencia entre un ecólogo y un ecologista es la misma diferencia que hay entre un enólogo y un borracho", para desprestigiar el rol del movimiento ecologista.

Desde Greenpeace respondieron: "No es necesario ser un científico para conocer y defender el medioambiente. La ciencia es necesaria pero con la ciencia sola no alcanza, necesitamos que la sociedad se involucre. Vivir en un ambiente sano es un derecho y defenderlo es una obligación, consagrados en nuestra Constitución (1). Además, no hay una verdad absoluta, tampoco en la ciencia, que no es neutral. Son muchos los científicos que han dado cuenta de, por ejemplo, los efectos de la deforestación, la minería contaminante o los agrotóxicos."

Por otra parte, Barañao ignoró el hecho de que su cartera tiene a cargo, a través del Instituto correspondiente (IANIGLA, Conicet), la confección del inventario de Glaciares dispuesto por la Ley Nacional. "El ministro no puede estar ajeno a los daños de la minería en las fuentes de agua. El problema de la industria no es solamente el incumplimiento de la infraestructura prometida, como dice, sino el daño permanente a los ríos y las áreas glaciares y periglaciares. Ignorarlo es negar los informes científicos y la realidad." finalizó Giardini

Nota:
1) Artículo 41.- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.