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En la Cámara de Diputados Se pronuncian en contra de la recién aprobada Ley de Bosques

Respecto de la aprobación de la Ley de Bosques Nativos, el diputado nacional Rodolfo Raúl Ricardo Roquel (PJ-Formosa) afirmó que "no refleja, en la integridad de su texto, la política ambiental del presidente Kirchner".

En tanto consideró que "si lo que quieren hacer es imponer la autoridad de la burocracia nacional sobre las provincias, bueno sería que se dijera la verdad, y que no se ocultara bajo el rótulo de 'presupuestos mínimos".

En ese sentido, según se desprende de la copia taquigráfica de su exposición en el recinto legislativo durante el tratamiento del citado proyecto, el legislador nacional resaltó en principio que "la protección y regulación para la explotación racional y sustentable de los recursos naturales ha sido siempre una preocupación del gobierno de Formosa, que ha delineado un modelo de desarrollo integral y que define el perfil productivo de nuestra comunidad local como agropecuario, agroindustrial, forestal y turístico".

Mencionó el artículo 49 de la Constitución Provincial que expresamente dice que "la provincia promoverá el aprovechamiento racional de los bosques, teniendo en cuenta la necesidad de supervivencia, conservación y mejoramiento de las especies, la reposición de aquellas de mayor interés económico y la forestación de zonas de producción".

Explicó que la ley provincial de bosques es extremadamente exigente y su aplicación se hace a rajatabla, e inclusive señaló que el artículo 38 de la misma Carta Magna formoseña reconoce a todos los habitantes el "derecho de vivir en un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona humana, así como el deber de conservarlo", para lo cual las normas aseguran por ejemplo el mantenimiento de los procesos ecológicos, protección de los recursos naturales, el correcto uso de agroquímicos, adecuado manejo de las aguas, prevención y control de la degradación de suelos, entre muchas otras medidas".

Presupuestos mínimos

Posteriormente, expresó su beneplácito la sanción de una ley de presupuestos mínimos, que será complementaria de la Ley general de Ambiente 25675 en vigencia, ya que distingue Roquel entre presupuestos mínimos y normas de emergencia forestal, diciendo que la primera "tienen un carácter permanente y constituyen presupuestos básicos de la tutela ambiental, tutela que es función concurrente de la Nación y de las provincias. En cambio, normas de emergencia, al menos tal como se la entiende a partir del caso Peralta, son aquellas que facultan al Estado para ejercer su poder en forma más enérgica que la admisible en períodos de sosiego y normalidad, ya sea para superar una situación excepcional o para adecuarse a una realidad nueva y distinta".

Remarcó luego que "dentro de claros límites constitucionales el Congreso tiene la facultad de dictar este tipo de normas, ya sea fijando plazos para el cumplimiento de obligaciones patrimoniales, prorrogando contratos o estableciendo condiciones especiales para dicho cumplimiento, ya sea autorizando al Poder Ejecutivo a tomar las medidas que requieren situaciones críticas o mutaciones graves de las condiciones existentes, es decir que no se modifica, pero si se intensifica, la potestad de los órganos estatales en atención al bien común. Pero esas facultades del Congreso deben ejercerse dentro de los límites del poder concedido por la Constitución al Gobierno Federal y no pueden invadir las facultades que las Provincias se han reservado para sí, conforme a la regla de oro del artículo 121".

Naturaleza de emergencia

De la misma manera, destacó: "Esto es tan claro que, al debatirse en general este proyecto, el miembro informante asumió el compromiso de que, al tratarse en particular, se modificaría el proyecto estableciendo que las normas sobre emergencia requerirían la adhesión de las provincias. Basados en este compromiso votamos el proyecto en general".

"Pero ahora vemos con sorpresa, que se ha recurrido al expediente de suprimir, sencillamente, el texto del proyecto, la palabra emergencia. Pero la emergencia queda, porque el proyecto tiene normas, como la que estamos considerando, cuya naturaleza es de emergencia, se lo diga o no se lo diga", puntualizó.

Al mismo tiempo, el diputado nacional Roquel sostuvo que "establecer una llamada moratoria sobre la explotación racional y sustentable de los bosques, recursos naturales de exclusiva propiedad de las provincias, es someter, el ejercicio de las facultades reservadas de jerarquía constitucional, a una condición suspensiva establecida por un acto del Congreso, poder constituido".

"Si lo que quieren hacer es imponer la autoridad de la burocracia nacional sobre las provincias, bueno sería que se dijera la verdad, y que no se ocultara bajo el rótulo de 'presupuestos mínimos", enfatizó.

Finalmente, hizo hincapié en que "nuestro federalismo, en distintas épocas, ha adoptado distintas formas operativas. El federalismo actual asume la forma de la co-determinación, es decir que las grandes políticas se fijan y ejecutan por órganos en los que están representados la Nación y las provincias. Así el principal órgano en materia educativa es el Consejo Federal de Educación".

"Del mismo, en materia ambiental, el principal órgano de planificación, regulación y ejecución es el FEDEMA. Y el FEDEMA, por unanimidad de sus integrantes, ha dicho que este proyecto tiene disposiciones inconstitucionales porque afectan potestades reservadas a las provincias. Por eso este proyecto no refleja, en la integridad de su texto, la política ambiental del presidente Kirchner", concluyó.