Asturias, España —
Greenpeace ha vuelto a reclamar a la Consejería de Infraestructuras, Política Territorial y Vivienda y a la de Medio Ambiente y Desarrollo que denieguen la aprobación definitiva de la Modificación parcial de las Normas Subsidiarias vigentes en Gozón, que permitiría la construcción de un complejo turístico en una superficie de 167 hectáreas de suelo no urbanizable, ubicadas en la parroquia de Verdicio (Gozón).
El proyecto incluye un campo de golf de 27 hoyos, construcciones deportivas anexas, dos hoteles de 8.000 m2 cada uno, 73.000 m2 destinados a viviendas unifamiliares y plurifamiliares, 2.000 m2 destinados a locales comerciales y 1.000 m2 más destinados a construcciones auxiliares en unos terrenos clasificados por las vigentes Normas Subsidiarias del municipio como suelo no urbanizable. Además, invaden el espacio protegido de Cabo Peñas, declarado Paisaje Protegido, así como el Lugar de Importancia Comunitaria Cabo Busto-Luanco.
La organización ecologista ha recordado a ambas consejerías que esta modificación urbanística supone una vulneración de la jerarquía normativa, al infringir los preceptos de la Ley del Suelo del Principado, que obliga a preservar del proceso urbanizador los espacios sujetos a protección. De igual forma se vulnera lo dispuesto en las normas de protección europeas, estatales y regionales, ya que parte de los terrenos están incluidos en la Red europea Natura 2000. La organización también ha recordado que la propuesta de urbanización y campo de golf carece de justificación; de hecho, en el propio proyecto se reconoce que la única justificación para la edificación de las viviendas y hoteles es la financiación del campo de golf. Además, añade que el Ayuntamiento de Gozón carece de las competencias necesarias para regular los suelos comprendidos en el espacio protegido de Cabo de Peñas.
Greenpeace señala en su escrito que la vulneración de la obligación por parte de los poderes públicos de mantener los valores medioambientales tiene consecuencias penales. Así, el artículo 330 del Código Penal castiga con pena de prisión (1 a 4 años) a quien dañe gravemente alguno de los elementos que hayan servido para calificar un espacio natural protegido, mientras que el artículo 332 sanciona a quien destruya o altere gravemente el hábitat de especies protegidas. También ha recordado que, en casos similares a éste, la jurisprudencia es unánime en los últimos años, fallando siempre a favor de la protección del medio ambiente.
“El Gobierno del Principado tiene que ser claro y contundente ante un ejemplo tan evidente de especulación urbanística a costa de destruir el territorio. La normativa regional, estatal y europea y la jurisprudencia apoyan nuestra defensa del territorio asturiano. Ahora tienen que decidir a quién apoyan ellos” -ha declarado María José Caballero, responsable de la campaña de Costas de Greenpeace.