Postura de Greenpeace sobre el proyecto Dragon Mart

Boletín de prensa - 18 febrero, 2013
México, D.F.- El proyecto Dragón Mart prevé la construcción de un desarrollo comercial turístico, con viviendas para sus empleados, que incluye 3 mil 40 locales de exhibición, locales comerciales (restaurantes de comida rápida, cafetería, tiendas de conveniencia, etc.), oficinas y servicios diversos (bancos, agencias aduanales y de viajes, transportistas, contadores, abogados, etc.) así como un centro de distribución y bodegas donde se ofrecerían mercancías e insumos principalmente de origen chino, ubicado en la carretera federal Cancún-Chetumal, municipio de Benito Juárez, Quintana Roo -ver pp. 25 y 50 de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) presentada por el promovente al Gobierno de Quintana Roo en julio de 2012-. El predio abarca 561 hectáreas en su totalidad.

Servicios.- Este centro comercial implica necesariamente el suministro de servicios básicos como son: agua potable, descarga y tratamiento de aguas residuales, residuos sólidos y electricidad, entre otros (MIA pp. 25 y 50).  Sobre estos puntos, en su MIA el promovente señala: (1) Plantas de Tratamiento de Agua: El desarrollador será responsable de su operación y mantenimiento, siendo que el mismo se pagará mediante un cobro a los usuarios por conexión al drenaje y tratamiento de agua residual; (2) Plantas Desaladoras y Equipo de Potabilización de Agua: El desarrollador será responsable de su operación y mantenimiento, siendo que prestará el servicio de suministro de agua, instalará los equipos de medición necesarios, efectuará el cobro de consumo y pago del derecho por extracción a la Comisión Nacional de Agua;  (3) Centro de Acopio de Desechos Sólidos: El desarrollador destinará un área del inmueble para la recepción y entrega de los desechos sólidos procedentes del Centro Comercial. El desarrollador contratará los servicios de una empresa especializada para recoger y tirar los desechos sólidos en un lugar autorizado fuera del inmueble; y (4) La infraestructura eléctrica: El desarrollador la construirá y donará a la Comisión Federal de Electricidad, que será la responsable de su mantenimiento y operación.

Almacenes.- Además, el proyecto prevé que los productos en exhibición cuenten con un inventario suficiente que permita la entrega inmediata de los productos objeto de venta. En este sentido, las bodegas que se ubicarán en el Centro Comercial son instalaciones necesarias para la operación del concepto de negocio, toda vez que serán destinadas para el almacenaje de las mercancías cuyas muestras son exhibidas en el Centro Comercial.

Viviendas.- Se plantea la construcción de un total de 722 viviendas unifamiliares, de las cuales 644 son de 100 m2 y 78 de 150 m2 (MIA p. 51).

Respecto al proyecto Dragon Mart, Greenpeace presenta los siguientes cuestionamientos:

1) El promovente niega que vaya a haber cambio de uso de suelo en materia forestal y en todo momentos señala que el área ya estaba impactada por los anteriores propietarios del predio que lo usaron para la extracción de materiales pétreos. Si bien se impuso una multa por $716,570.40 al anterior propietario en 2007, luego se regularizó y se siguió permitiendo el desmonte para la extracción de materiales pétreos. En vez de esta medida, creemos que la autoridad local debió decretar medidas de restauración en la zona y no legalizar una situación irregular.

2) Las mercancías se moverán de Puerto Progreso a Puerto Morelos, lo que implica un incremento en el tránsito vehicular que no está considerado en la MIA.

3) El promovente señala que “pagará directamente el consumo eléctrico, la cuota establecida por conexión al drenaje y el consumo de agua” (p. 50 de la MIA), lo que contradice lo proyectado en la MIA respecto a que estos servicios al parecer serán resueltos con la instalación de plantas desalinizadora,  potabilizadora  y de tratamiento de aguas. No hay mención de los permisos que se requieren para descargas de aguas residuales ni para el abasto y disposición de agua potable, salvo constancia de escrito de fecha 14 de mayo de 2012, suscrito por el Lic. Juan Carlos López Rodríguez, representante de la promovente, dirigido al Organismo de la Cuenca de la Península de Yucatán de la Comisión Nacional del Agua, en el cual le solicita que informe si el acuífero Península de Yucatán, que le corresponde a la localización del lote L-22-09 cuenta con la disponibilidad de agua subterránea suficiente para el uso y volumen que requiere el proyecto.

4) Hasta el 11 de febrero, la promovente no ha tramitado la solicitud de Licencia de Construcción, por dicho del Presidente Municipal de Benito Juárez, Lic. Julián Ricalde Magaña.

5) Pese a que la empresa señala que: “el proyecto contempla la infraestructura, equipamiento y servicios urbanos necesarios para que se desarrolle de una manera adecuada y apegada a lo que dispone las leyes aplicables así como el Programa de Ordenamiento Ecológico y el Programa de Desarrollo Urbano, aplicable al proyecto” (p. 19 de la MIA), no se desglosan en la Manifestación. De entrada el Municipio de Benito Juárez tendrá el gran reto de disponer de manera adecuada los residuos sólidos que este proyecto genere y que no están calculados en la MIA por parte de promovente.

6) La única autorización ambiental que ha mediado a la fecha es la otorgada, en septiembre de 2012, por el Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental (INIRA), dependiente de la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA) del Gobierno de Quintana Roo, que expidió un permiso “fast-track” (36 días aproximadamente) a Real Estate Dragon Mart Cancún, S.A. de C.V., para la “Construcción y Operación del Centro Comercial Dragon Mart Cancun y Obras Asociadas”, en el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. Cabe señalar que en esta autorización no medió consulta pública ni sesión pública informativa que sirviera para dar a conocer el proyecto a la ciudadanía.

7) De acuerdo con  la legislación federal, este proyecto requiere del particular una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) derivado de al menos dos supuestos de ley: a) por la construcción de una desaladora y b) porque la infraestructura de vivienda (inmobiliaria) y comercial impactaría un ecosistema costero, al ubicarse a menos de 3 y 1/2 kilómetros (aproximados) de la costa y del Área Natural Protegida del “Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos” que cuenta con la declaración de Área de Importancia para la Conservación de las Aves (AICA), además de que en 2006 se incorporó a la Red Mundial de Reservas de la Biosfera del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO y en 2008 fue inscrito ante la Convención RAMSAR enfocada a la protección de humedales de importancia internacional. Por lo anterior es obligatorio que Dragon Mart solicite ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) una autorización en materia de impacto ambiental en el ámbito federal según lo dispuesto en los artículos 28 fracciones I, IX, X y XIII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)  y 5º, incisos A, fracción XII, y Q  del Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación de Impacto Ambiental (REIA).

8) Ahondando en el Plan de Manejo del “Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos”, quedó consignada como amenaza para el área la posibilidad de que: “ocurra contaminación proveniente de tierra, principalmente filtración de aguas negras, ya que la zona costera aledaña al Parque Nacional carece de drenaje y muchas de las fosas sépticas están mal construidas. Esto aunado a la naturaleza kárstica del suelo que representa un problema potencial que podría resultar en la degradación de la calidad del agua” (Plan de Manejo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2000).

Finalmente, con la campaña por la defensa de Cabo Pulmo, Greenpeace sentó un precedente respecto a los criterios que imperan entre las autoridades de Semarnat, encargadas de la aprobación de las Manifestaciones de Impacto Ambiental. Que se prioriza el objetivo económico en relación con los impactos al medio ambiente, a la biodiversidad y a las poblaciones cercanas, que repercuten en daños ambientales, económicos y sociales para las regiones donde estos proyectos se instalan. Este es el mismo criterio que se usa para autorizar la construcción del proyecto Dragon Mart.

Por ello, Greenpeace hace un llamado a las autoridades en sus tres ámbitos de gobierno: Federal, Estatal y Municipal, así como a los inversionistas para que se respete la legislación ambiental, recordando que Quintana Roo ejemplifica el crecimiento permanente y desordenado de las ciudades, sin contar con infraestructura – red eléctrica, vialidades- ni servicios adecuados – abastecimiento de agua potable, drenaje y alcantarillado, descargas y tratamiento de aguas residuales y disposición adecuada de residuos sólidos- que provocarían que se rebase la capacidad de carga del ecosistema, lo que a su vez perjudicaría a las poblaciones aledañas a Puerto Morelos y al municipio de Benito Juárez.

Esperamos que de ninguna forma se impacten los arrecifes coralinos de la región pues son generadores de servicios ambientales únicos e insustituibles: por un lado protegen nuestras costas durante tormentas y huracanes, absorbiendo parte de la fuerza con la que impactan las costas, son vitales para la salud del océano, ayudando a regular la temperatura del planeta, tienen un papel importante en la formación de playas y son refugio y zona de crianza de especies.

lunes, 18 de febrero de 2013

© Alejandro Olivera /Cemda

 

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Manifestación de impacto ambienta de Dragon Mart

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