México requiere más zonas marinas protegidas: Greenpeace

Boletín de prensa - 8 junio, 2013
- Sólo 1.38% de los ambientes oceánicos nacionales está protegido como ANP - Urgente buenos programas de manejo y efectivos esquemas de cumplimiento

En el marco del Día Mundial de los Océanos, Greenpeace celebra que las zonas marinas que se encuentren dentro de Reservas de la biósfera, Monumentos naturales, Áreas de protección de flora y fauna y Santuarios, también serán protegidas, de acuerdo con las recientes modificaciones en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

Con estos avances en la legislación se podrá proteger y preservar los ecosistemas marinos, regulando el aprovechamiento sustentable de flora y fauna acuática en las zonas marinas mexicanas, pudiendo extenderse, incluso, a la zona federal marítimo terrestre contigua (1) y limitar el tráfico de embarcaciones en sus zonas núcleo (2).

Sin embargo, la normatividad actual sigue siendo insuficiente para resolver la problemática de los ecosistemas marinos en nuestro país donde sólo 1.38 por ciento de los ambientes oceánicos nacionales está protegido bajo algún decreto de Area Natural Protegida (ANP) (3) lo que indica grandes vacíos en la conservación de la biodiversidad marina y falta de representatividad de los ecosistemas dentro del sistema de ANP del país (4).

“Es urgente  la implantación de más decretos de reservas marinas, con buenos programas de manejo y efectivos esquemas de cumplimiento”, indicó María Colín, representante legal de Greenpeace México.

Es fundamental que la expansión de los sistemas de protección se haga de una forma estratégica en aquellos sitios con mayor diversidad que enfrentan graves amenazas.   

La importancia ecológica de las reservas marinas es indiscutible, ya que se protege a las comunidades y los ecosistemas más vulnerables, especies de lento crecimiento y endémicas. Es por ello que desde 2006, Greenpeace lanzó una campaña promoviendo la creación de una red de reservas marinas en el Golfo de California (5).

Para ilustrar su importancia, dentro de los propios límites de las reservas marinas ya creadas se ha registrado un incremento de la vida marina (biomasa) de hasta 446 por ciento; un 166 por ciento en el número de organismos (densidad); y en tamaño, los animales pueden desarrollarse hasta un 28 por ciento más. Además, la diversidad de especies puede incrementarse en un promedio de 21 por ciento (6).

En México tenemos la reserva marina más robusta del mundo: Cabo Pulmo. En donde el número total de peces en el ecosistema de la reserva se incrementó a 463 por ciento de 1999 a 2009 gracias a la protección emprendida por la comunidad local (7).

Al mismo tiempo, en nuestro país 50 por ciento de la producción pesquera proviene del Acuario del Mundo (Golfo de California). Esta sobreexplotación ha llevado a las pesquerías de esta región al límite de su aprovechamiento. Lo mismo pasa en el resto del país, donde el 90 por ciento de las pesquerías se encuentran al límite de su aprovechamiento o en deterioro (8).

A nivel mundial, en 2006 había 4,500 áreas marinas protegidas (con varias categorías, desde no extracción hasta usos múltiples) cubriendo 2.2 millones de kilómetros cuadrados (km2), equivalente al 0.6 por ciento de los océanos y sólamente el 0.1 por ciento están completamente protegidas de actividades extractivas y la mayoría sufre de un manejo deficiente y un débil cumplimiento (9).

Aún hay mucho por hacer. Hasta 2008, en México se habían identificado 70 regiones marinas prioritarias para la conservación de la biodiversidad costera y oceánica. (10)

Notas

1. El recién modificado artículo 51 de la LGEEPA señala que:  Para los fines señalados en el presente Capítulo, así como para proteger y preservar los ecosistemas marinos y regular el aprovechamiento sustentable de la flora y fauna acuática, en las zonas marinas mexicanas, que podrán incluir la zona federal marítimo terrestre contigua, se podrán establecer áreas naturales protegidas de los tipos a que se refieren las fracciones I, III, IV, VII y VIII del artículo 46, atendiendo a las características particulares de cada caso.

2.  Párrafo segundo del artículo 48 de la LGEEPA recientemente modificado.

3. http://www.conabio.gob.mx/gap/index.php/gap_marino

4. http://www.conabio.gob.mx/gap/images/2/2e/RMarinas.pdf

5. Aburto Oropeza, Octavio, López Sagástegui, Catalina. “Red de reservas marinas del Golfo de California: Una compilación de los esfuerzos de conservación”, Greenpeace México. Noviembre de 2006.  http://www.greenpeace.org/mexico/es/Footer/Descargas/reports/Oceanos-y-costas/red-de-reservas-marinas-del-go/

6. Lester, Sarah E., Halpern, Benjamin S. (et al), “Biological effects within no-take marine reserves: a global synthesis”, Marine Ecology Progress Series, Vol. 384: 33–46, May 29th 2009, p. 37. www.piscoweb.org/files/file/science_of_marine_reserves/Lester_etal_2009_MEPS.pdf

7. Aburto-Oropeza O., Ídem., pp. 1 y 4.

8. Datos obtenidos de la Sagarpa, 2009.

9. Aburto-Oropeza O,  Erisman B,  Galland GR,  Mascareñas-Osorio I,  Sala E,  et al.  (2011) Large Recovery of Fish Biomass in a No-Take Marine Reserve. PLoS ONE 6(8): e23601. doi:10.1371/journal.pone.0023601, p. 1.

10. http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/regionalizacion/doctos/marinas.html.

Mayor información con Angélica Simón en el teléfono 5687-9595 Ext. 115 /

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