Semarnat desprecia propuestas a favor del medio ambiente

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Boletín de prensa - 4 diciembre, 2014
- La dependencia evade incluir en el Paquete Verde cambios legislativos fundamentales para garantizar la protección de los recursos naturales

México D.F. Este 3 de diciembre venció el plazo establecido por la misma Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para dar respuesta puntual a una serie de propuestas presentadas por la organización ambientalista Greenpeace referentes a modificaciones a seis leyes (1) para fortalecer jurídicamente la protección de los ecosistemas y los derechos humanos de quienes los habitan.

El objetivo era que los cambios propuestos por la ONG fueran consideradas para la integración del “Paquete Verde” que el Ejecutivo enviará al Congreso de la Unión como parte de la Reforma Energética. El tiempo se agotó y Semarnat no cumplió.

Este miércoles 3 -a recordatorio de Greenpeace de que esperaba la respuesta acordada-, la dependencia federal contestó por la noche,  de manera parcial y con una negativa, la incorporación de las propuestas presentadas por la organización ambientalista, habiendo analizado sólo una de las seis iniciativas de ley entregadas, dejando en claro la indiferencia del gobierno federal por escuchar y hacer partícipe a la sociedad de la construcción de políticas públicas.

La dependencia gubernamental argumenta que Greenpeace “…haría llegar un documento técnico que sustentara las propuestas, mismo que a la fecha no se ha recibido”, siendo que el mismo día 21 se le entregó al Subsecretario de Planeación y Política Ambiental, Rodolfo Lacy, y su equipo, un documento escrito que contenía las argumentaciones de tipo jurídico que soportaban cada una de las propuestas y que el día 24 de noviembre se le reenvió el mismo documento por vía electrónica.

Cabe destacar que la mayoría de estas propuestas son relativas a la protección de los derechos humanos y a la incorporación en la Ley de principios como el Precautorio, mismos que ya se encuentran referidos y ratificados en Tratados Internacionales signados por nuestro país.

“Los argumentos jurídicos y en materia de derechos humanos presentados por esta organización son claros, y  también es claro porque a pesar de ello nuestras propuestas no son incorporadas: negar la inclusión de nuestras propuestas por parte de Semarnat sería admitir que el Gobierno Mexicano no tiene interés alguno en velar por la protección del ambiente y la ciudadanía mexicana. Pero incorporar estas iniciativas en el marco legal, iría en contra de la política de esta administración cuyo sello distintivo  ha sido dar prioridad a actividades industriales como del sector de los hidrocarburos y para lo cual han llevado a cabo las reformas estructurales y legislativas aprobadas en los últimos meses”, denunció Alberto Rojas, enlace legislativo de Greenpeace México.  

De las seis leyes que se pidieron revisar Semarnat solo se respondió sobre una: la Ley General de Cambio Climático y de la cual, no aceptaron ninguna de las propuestas.
La primera sugerencia de modificación que rechazó la Semarnat, es la que se propone al artículo  22 fracción II,  la cual busca la armonización de lo previsto en la Ley Orgánica de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (en adelante Agencia), con lo previsto en la Ley General de Cambio Climático en lo que respecta a que el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático  (INECC)  pueda brindar apoyo técnico y científico tanto a la Semarnat como a la Agencia, argumentando que la Agencia al ser un desconcentrado de la Secretaría, también es sujeta de manera indirecta de la asistencia técnica del INECC y que por tanto no se requiere mención específica.

Al respecto Greenpeace apunta que si bien la Ley General de Cambio Climático contempla a la Secretaría, no está de más que se aclare que ello incluye a la nueva Agencia, lo que da mayor certidumbre jurídica para la coordinación entre  dependencias, situación que da claridad desde la ley, evitando “interpretaciones” que pudieran dificultar dicha coordinación interinstitucional.

La segunda negativa involucra en un solo párrafo el rechazo de las propuestas de reforma a los artículos 111, 112, 114 y 115 de la Ley General de Cambio Climático (LGCC), argumentando que la Agencia  tiene como objeto el control de las emisiones contaminantes  y no la regulación de las emisiones  de gases y compuestos de efecto invernadero.

“Greenpeace se sorprende de esta respuesta porque efectivamente la Agencia tiene competencia en materia de control de las emisiones contaminantes, siendo los principales Gases y Compuestos de Efecto Invernadero, como el CO2 y el Metano, un tipo de contaminante a la atmósfera”, acotó Rojas.

No aclarar el tema de facultades desde la LGCC, podría derivarse en incumplimientos o amparos de las empresas o industrias del sector hidrocarburos por no querer informar sobre sus emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero a la Semarnat, pues ésta no tiene facultades de regulación y control  ambiental sobre este sector.

“Pareciera que la Semarnat prefiere que se mantenga esta falta de claridad en la ley para favorecer ciertos intereses antes que dejar en claro que es la Agencia la responsable de obtener dicha información para incorporarla al Registro Nacional de Emisiones. En tanto esto no ocurra, existe el riesgo de evasión del cumplimiento de esta obligación ambiental por parte del sector hidrocarburos”, recalcó Rojas.

Con esta respuesta, Semarnat  se cierra al diálogo y a la construcción de acuerdos, al incumplir su deber con el pueblo mexicano, que es el de proteger el ambiente y los recursos naturales del país.

Semarnat  se negó a hacer su trabajo perdiendo la oportunidad de demostrar que realmente hay voluntad política para atender las demandas de la ciudadanía, concluyó Alberto Rojas.

Notas:

(1)  Ley General de Cambio Climático; Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; Ley General de Vida Silvestre; Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; y Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.
 
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