Greenpeace ejerció su derecho a la libertad de expresión en Veracruz.- Magistrado

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Boletín de prensa - 22 octubre, 2014
Otorgan amparo para proteger de cualquier acto de penalización a activistas que protestaron en marzo por energías renovables en torre de Pemex

México, D.F.- Un magistrado federal confirmó que los activistas de Greenpeace que en marzo protestaron pacíficamente en una torre de Pemex, en Veracruz, ejercieron sus derechos humanos y garantías constitucionales relativos a la libertad de expresión por lo que ratificó el auto de libertad dictado previamente y otorgó un amparo en el sentido de que no puedan ser penalizados (1).

 “Su actuar (el de los activistas) se concretó en ejercer su derecho humano y garantía constitucional prevista en el numeral 6, párrafo primero de la Constitución Federal (2) y su correlativo derecho fundamental (libertad de expresión) protegido en el numeral 13 de la Convención Americana  de Derechos Humanos (Pacto de San José) (3)”, explica el Magistrado del Segundo Tribunal Unitario del Séptimo Circuito, con sede en Boca del Río Veracruz, en una sentencia fechada el 16 de octubre.

 El 1 de marzo seis activistas de Greenpeace ingresaron pacíficamente a la torre de Pemex desde donde desplegaron una manta de 125 metros cuadrados con la imagen del presidente Enrique Peña Nieto cubierto de petróleo y con la pregunta “Saving Mexico?”, lo que parodiaba la portada de la revista Time de febrero de este mismo año. Con esta actividad, protestaron contra la falta de la inclusión de energías renovables en la legislación secundaria de la reforma energética.

 Los activistas pacíficos fueron acusados de allanamiento de morada y una de ellas de daños. Ambos cargos fueron desechados por las autoridades luego de que Greenpeace interpuso varios recursos legales y de una campaña a la que se adhirieron más de cien mil personas. Sin embargo, el Ministerio Público en Veracruz apeló la sentencia pero no prosperó. Desde el principio Greenpeace sostuvo que las acusaciones de Pemex y de las autoridades federales constituían un intento por acallar y reprimir la protesta civil pacífica.

 “Esta sentencia sienta un precedente importante para Greenpeace y todas las organizaciones defensoras de derechos humanos. Este ha sido  el primer acto de protesta pacífica por el que han criminalizado formalmente a la organización ambientalista en México. Pero las acusaciones  fueron desvirtuadas hasta el punto en que  la sentencia señala que los actos desplegados por los activistas ‘no se encuentran sancionados penalmente’, porque son manifestaciones pacíficas que no deben castigarse de ninguna manera, sino más bien entenderse como un acto de libertad de expresión previsto en leyes nacionales e internacionales”, afirmó María Colín, asesora legal de Greenpeace. “La protesta es un derecho, no un delito”, agregó.

 Para Enoc Rosas, también abogado de los activistas, “es de aplaudirse la resolución porque protege los derechos constitucionales y  humanos de los involucrados en un momento en el que México vive un panorama complejo en ese sentido con casos como el de Ayotzinapa. El magistrado refiere en la misma sentencia haber observado las videograbaciones de la protesta por lo que concluye ampararlos y protegerlos contra la arbitraria penalización de su conducta, es decir, defiende el ejercicio de su derecho humano y garantía constitucional a la libertad de expresión”.

Notas:

 (1) Sentencia dictada dentro del Amparo Indirecto número 42/2014, de los que se resolvieron en el Segundo Tribunal Unitario del Séptimo Circuito.

(2) Artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público”.

(3) Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

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