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Rechazo a la incineración de desechos, porque genera más y peores problemas de los que intenta resolver.
Ver imagenLa experiencia internacional ha demostrado que las dioxinas y furanos son contaminantes orgánicos persistentes y que se caracterizan por ser tóxicos, acumulables en tejidos grasos y persistentes, incluso en cantidades muy pequeñas, y pueden viajar grandes distancias. Por estas características se encuentran en el Convenio de Estocolmo que establece que los gobiernos deben tomar medidas para lograr su reducción y su eliminación última.
Medición y vigilancia laxas
La Semarnat afirma que el monitoreo del cumplimiento de la NOM 040 es permanente, lo cual es falso. Además, los estándares fijados por dicha norma oficial permite la emisión del doble de dioxinas que autoriza la Unión Europea, donde las mediciones se realizan cada seis meses mientras en México son hasta cada dos años.
En esas circunstancias, cuando la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) otorga el certificado de "industria limpia" a las cementeras que queman llantas y residuos peligrosos no hace sino aplicarles un maquillaje verde, que de ninguna manera garantiza la protección efectiva del ambiente.
Atacan consecuencias, no las causas
La Semarnat oculta el origen del problema de los tiraderos de llantas en la frontera norte, esto es, la masiva importación de llantas usadas de Estados Unidos, que llegó a 14 millones tan sólo en el 2000.
En efecto, la quema de llantas a cielo abierto representa un riesgo a la salud y el ambiente, por los contaminantes que genera, pero ese riesgo también está presente en la incineración "controlada" de los hornos cementeros. La solución a esto es apoyar otras alternativas de reciclaje con programas de apoyo a empresas mexicanas y acuerdos de cooperación internacional para impulsar el reciclaje no tóxico de llantas desechadas.
Por todo esto, reiteramos nuestras demandas:
1. Detener la quema de llantas usadas en hornos de cemento.
2. Anular el convenio establecido entre Semarnat y la Cámara Nacional del Cemento en 1996 (ratificado en 2001) para quemar llantas y residuos peligrosos en hornos cementeros.
3. Impulsar la producción limpia en la industria cementera.
4. Adoptar medidas de Extensión de la Responsabilidad del Productor (ERP) para hacer a los fabricantes de llantas responsables por sus productos durante todo su ciclo de vida.
5. Clasificar de nuevo a las llantas como residuos sujetos a control, en la legislación y normatividad competente, para que se prohíba su importación.