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Guayabitos, uno de los destinos turísticos más visitados; sin embargo, 
reprobado en sustentabilidad

Guayabitos, uno de los destinos turísticos más visitados; sin embargo, reprobado en sustentabilidad

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DF, México — A pesar de que carece de un análisis de viabilidad técnica jurídica, económica y social, la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Turismo, una legislación depredadora con el medio ambiente e inconstitucional

A pesar de que carece de un análisis de viabilidad técnica jurídica, económica y social, la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Turismo, una legislación depredadora con el medio ambiente y que además es inconstitucional, denunció Greenpeace.

La ley, que fue turnada al Senado de la República para su discusión y aprobación, fue promovida por el diputado Octavio Martínez (PRD) y apoyada por los partidos PRI, PAN, PSD, PVEM y Convergencia a través de los diputados Eduardo Elías Abuxapqui (PRI), Martha Angélica Romo (PAN), Yolanda Garmendia (PAN), Francisco Dávila (PAN), Armando Gracia (PSD), Manuel Portilla (PVEM), José Luis Varela (Conv), Francisco Márquez (PRD), Héctor Ramos (PAN).

“Reprobamos este proyecto de ley Fonatur que es completamente depredadora con el medio ambiente. Es clara la urgencia de los diputados por aprobar esta ley de último momento, con el interés de únicamente beneficiar al empresariado turístico nacional y extranjero. Es incomprensible que la LX Legislatura apruebe esta ley a pesar de los errores que presenta, portque el artículo 28 de esta ley es inconstitucional, ya que se otorgan facultades de los municipios a los Estados, en los ordenamientos turísticos que esta ley plantea y se contrapone al artículo 115 fracción V (1)”, explicó Alejandro Olivera, coordinador de la campaña de océanos y costas de Greenpeace.

El proyecto de Ley de Turismo lleva dos años y medio de gestación, tiempo en el que legisladores no lograron ponerse de acuerdo en el tema de preservación de los ecosistemas. En este periodo, la sociedad civil han insistido en la importancia que tiene preservar el medio ambiente al proponer nuevos desarrollos turísticos en el país.

“No estamos en contra del turismo. Lo que no queremos es que se siga haciendo a merced de los ecosistemas. Queremos que se regule a Sectur, Fonatur y al Consejo de Promoción Turística ya que con esta Ley seguirán actuando con un alto grado de discrecionalidad e ineficiencia, como se demuestra en los informes de la Auditoría Superior de la Federación”, agregó Olivera.

“Fomentar el turismo depredador sólo ocasionará mayores impactos ambientales y sociales en las regiones turísticas de nuestro país. Exhortamos a los Senadores a que modifiquen la ley. Estos legisladores tienen todavía la oportunidad de promover en este país un verdadero turismo sustentable, que vincule a secretarías como la Semarnat y Sedesol que son de gran importancia para tener una visión integral sobre el turismo”, finalizó Olivera.

La ley de Turismo y sus errores
- El artículo 28 es inconstitucional
- No considera la responsabilidad del sector frente a los efectos del cambio climático.
- No promueve una verdadera planeación del turismo, ya que no obliga a la Sectur a contar con un diagnóstico previo y análisis de la situación del turismo en el país.
- Permite que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) siga actuando como una agencia inmobiliaria subsidiada con recursos públicos.
- Fonatur y el Consejo de promoción Turística seguirán actuando con un alto grado de discrecionalidad e ineficiencia con el cuál han venido funcionando como se demuestra con los informes de la Auditoría Superior de la Federación.
- La coordinación con Semarnat se reduce sólo a la implementación de programas voluntarios.
- No establece una buena coordinación entre Sectur y Sedesol, lo que es importante para un verdadero desarrollo social.
- No define criterios de competitividad.
- Impide que se dé a conocer el comportamiento normativo y comercial de los prestadores de servicios turísticos.

- No se establecen mecanismos de evaluación del desempeño de los municipios.
- No crea un sistema de información, monitoreo y evaluación del turismo y del impacto en la calidad de vida de los mexicanos. El atlas turístico que se plantea es un instrumento insuficiente para brindar certeza a la planeación de la actividad turística.
- Permite que los prestadores de servicios falseen información en su publicidad y, por tanto, no garantiza el derecho de los turistas a una experiencia satisfactoria y segura.
- El Atlas turístico que se propone es insuficiente para planear el desarrollo turístico;
- Las Zonas de Desarrollo Turístico carecen de objetivos claros para su desarrollo y no guardan una adecuada vinculación con otros instrumentos de planeación territorial y de desarrollo regional
- Sobre el turismo social: Esta no fue una reforma, ya existe desde la creación de la Sectur la obligación de promover el turismo social.  La ley carece de las directrices para orientar el turismo social de manera que contribuya al desarrollo integral y sustentable
- La ley carece de certeza jurídica en cuanto a las obligaciones de Sectur, Fonatur y Sectur ya que cabe esperar un alto grado de discrecionalidad en la aplicación de sus instrumentos, además de conflictos entre leyes que inciden en la planeación del territorio
- Nunca ha existido un análisis de viabilidad técnica jurídica, económica, social y política de la Ley.
- La ley carece de mecanismos que garanticen un turismo sustentable.
-  No existe un sistema de información que oriente la planeación, desarrollo, seguimiento y evaluación del turismo, por lo tanto la sustentabilidad  es imposible de medirse conforme a indicadores y un sistema de monitoreo y evaluación.
- No hace explícito el establecimiento de criterios ecológicos en las “Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable”.
- No se establece su contenido y obligaciones de la Sectur para su desarrollo y actualización, lo que hace que exista falta de certeza jurídica en cuanto a las obligaciones de esa Secretaria y por otra parte se carezca de un instrumento fundamental para la planeación del desarrollo turístico nacional.

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Notas al editor

Notas:
1. El artículo 28 del Proyecto de Ley de Turismo dice que: “Los programas de ordenamiento turístico local serán expedidos por las autoridades de los Estados y del Distrito Federal con la participación de los Municipios y tendrán por objeto: ....sin embargo el uso de suelo son facultades de los municipios. La Constitución en su artículo 115 fracción V establece que “los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para:… d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;…

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Más información con: Raúl Estrada, coordinador de prensa, en los tels. 04455-4084-5326 y 5687 9595 ext. 120, email: raul.estrada@greenpeace.org , web: www.greenpeace.org.mx

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