Dado el complejo trámite de la Ley de Pesca debido a sus diversos temas, dentro de la discusión hemos ingresados estas demandas.
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Cambio en el objetivo explícito de la ley, que originalmente pretendía sólo 'tender' a la conservación.
Inclusión del Principio Precautorio y el Enfoque Ecosistémico en la regulación de la industria.
Establecer que los recursos hidrobiológicos son del Estado, y su gestión debe resguardar la conservación de nuestro mar. Por ello el Estado debe resguardar el retiro de licencias ante malas prácticas o incumplimiento.
Rechazar la entrega de licencias indefinidas.
Que se distinguieran captura en mar y el desembarque en puerto, claves para identificar con exactitud los que realmente se pesca. Concretar que sean los observadores científicos sean los que lleven el registro de captura.
Cambios en la conformación de los comités científicos técnicos y en general en la toma de decisiones para mayor transparencia.
Establecer que la cuota de captura se defina a partir de las recomendaciones de expertos y científicos con rangos mínimos y máximos para determinar la cuota definitiva y bajo la tutela del un organismo de investigación especializada nacional pertinente.
Establecer puntos biológicos de referencia respecto a la salud de las pesquerías, clave para planes de recuperación.
Usar las licitaciones con criterios de asignación con foco en la conservación y no sólo para abrir mercados cuando fuera requerido.
Implementar evaluaciones periódicas de la ley durante su vigencia para implementar mejoras y correcciones.
Establecer el Rendimiento Máximo Sostenible [1] como parámetro objetivo de la salud de las pesquerías, con enfoque ecosistémico que considere la complejidad de la biodiversidad marina, el que no es una meta a llegar, si no un techo el cual evitar.
Establecer que la mantención de licencias de pesca debe estar directamente relacionada a prácticas ejemplares, bajo evaluaciones periódicas a los involucrados.
Fortalecer un programa de investigación científica que cuente con independencia y presupuesto acorde.
Resguardar la protección de los Ecosistemas Marinos Vulnerables [2].
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[1] Rendimiento máximo sostenible: mayor nivel promedio de remoción por captura que se puede obtener de un stock en forma sostenible en el tiempo y bajo las condiciones ecológicas y ambientales predominantes.”.
[2] Ecosistema Marino Vulnerable: unidad natural conformada por estructuras geológicas frágiles, poblaciones o comunidades de invertebrados de baja productividad biológica, que ante perturbaciones antrópicas son de lenta o escasa recuperación, tales como en montes submarinos, fuentes hidrotermales, formaciones coralinas de agua fría o cañones submarinos.