Cárcel para quien apruebe transgénicos: Greenpeace

Boletín de prensa - 12 febrero, 2013
Presenta ONG denuncia penal ante PGR por posible aprobación de cultivos en Sinaloa y Tamaulipas

México, D.F.- Greenpeace presentó una denuncia de hechos ante la Procuraduría General de la República (PGR) en contra de quien resulte responsable, en caso de que el gobierno federal apruebe solicitudes de siembras comerciales de maíz transgénico aun cuando la  normatividad está incompleta.

De acuerdo con la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), para que se otorguen permisos de siembras comerciales, las empresas deben presentar un Reporte de Resultados de las fases de siembra previas -experimental y piloto-; y las características de ese documento deberán ser establecidas por Normas Oficiales Mexicanas (1), mismas que todavía no han sido emitidas.

Por ello, aquellos funcionarios de las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) que otorgaran permisos para siembras comerciales, estarían incurriendo en un delito que según el artículo 420 Ter del Código Penal Federal (CPF) es sancionable con penas de uno a nueve años de prisión y multas de trescientos a tres mil días de salario mínimo (2).

“Esta denuncia tiene un sentido disuasivo, estamos sentando un antecedente penal para que quien o quienes autoricen una siembra comercial de maíz transgénico, reciban la sanción correspondiente que puede ser de hasta 9 años de cárcel. Es decir, en caso de seguir autorizando siembras a campo abierto sin apegarse al marco normativo de bioseguridad, los responsables tendrán que enfrentar un proceso penal, que lo sepan antes de firmar”, explicó María Colín, asesora legal de Greenpeace.

De acuerdo con manifestaciones de la  Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental de la Semarnat de la administración anterior, las empresas han pretendido subsanar el vacío legal mediante la presentación de reportes de resultados en formatos libres, “lo que genera incertidumbre jurídica, además de que compromete los procedimientos legales, concretamente lo relativo al enfoque metodológico paso por paso”, abundó Colín.

Explicó que el proyecto de la norma relativa al Reporte de Resultados se encuentra en consulta pública durante 60 días naturales (3), plazo que inició el 1° de enero de este año; por lo que -en estricto apego a la ley- la liberación de siembras comerciales de maíz transgénico en este momento y en tanto no esté publicada la Norma en el Diario Oficial de la Federación, sería ilegal, de igual manera que si una vez publicada no se cumplieran los lineamientos.

“Hasta la fecha han sido otorgados 195 permisos de siembra de maíz transgénico para las fases experimental y piloto (4) a pesar de que no hay un marco de bioseguridad completo. La anterior administración ya infringió la ley”, denunció Aleira Lara, coordinadora de la campaña de Agricultura Sustentable y Transgénicos de Greenpeace quien exigió al actual titular del Ejecutivo, Enrique Peña Nieto, apego a la legalidad y por ende la protección del maíz mexicano y de nuestra soberanía alimentaria evitando la siembra de maíz transgénico.

En este marco Greenpeace exige:

  • Que no se otorguen los permisos de siembra comercial de maíz transgénico que

están en trámite.

  • La revisión de los permisos de siembra de maíz transgénico en fase experimental

y piloto otorgados por la administración anterior.

  • Restablecer la moratoria a la siembra de maíz transgénico en México, centro de

origen del maíz.

Fuentes:

1.Artículos 46 y 53 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM). http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LBOGM.pdf

  1. Artículo 420 Ter.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien en contravención a lo establecido en la normatividad aplicable, introduzca al país, o extraiga del mismo, comercie, transporte, almacene o libere al ambiente, algún organismo genéticamente modificado que altere o pueda alterar negativamente los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas naturales. Código Penal Federal http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9.pdf
  2. Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-164-SEMARNAT/SAGARPA-2012.  http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/5008/SEMARNAT/SEMARNAT.html
  3. En septiembre de 2012, las empresas Monsanto, Pioneer y Dow Agrosciences presentaron seis solicitudes para siembras comerciales de maíz transgénicos en los estados de Sinaloa y Tamaulipas, sin que exista una Norma Oficial Mexicana (NOM) que contenga las reglas y parámetros de estudio que determinen en qué casos pueden o no aprobarse cultivos comerciales. Estatus de Solicitudes de Permisos de Liberación al Ambiente de Organismos Genéticamente Modificados en http://www.senasica.gob.mx/?id=4443 Información tomada el día 06 de febrero del 2013.

Para mayor información, comunicarse con Angélica Simón, coordinadora de prensa en el tel: 5687 9595 ext 115 o al 04455 4084 53 20; al correo electrónico:

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