La industria de iluminación se niega a salvar el clima

Noticia - 29 abril, 2010
La industria de iluminación sigue presionando a la cámara de diputados para impedir que se apruebe la reforma al artículo 7 de la Ley para el aprovechamiento sustentable de la energía (LASE), para prohibir la comercialización, distribución, importación, producción y exportación de las lámparas incandescentes en México a partir de 2012, informó Greenpeace.

El pasado 10 de marzo, durante la tercera mesa de diálogo "Hacia la prohibición de focos incandescentes en el país", integrantes de la comisión de energía se comprometieron a dictaminar el artículo séptimo de la LASE

El dictamen, aprobado ayer por diputados de las comisiones de energía y de medio ambiente y recursos naturales, se encuentra detenido debido a que la industria de iluminación asegura que de prohibirse la importación de focos incandescentes en nuestro país se violará el artículo XI del GATT (General Agreement on Tariffs and Trade). México es miembro del GATT desde 1986.  

“Artículo XI - Eliminación general de las restricciones cuantitativas

Ninguna parte contratante impondrá ni mantendrá -aparte de los derechos de aduana, impuestos u otras cargas- prohibiciones ni restricciones a la importación de un producto del territorio de otra parte contratante o a la exportación o a la venta para la exportación de un producto destinado al territorio de otra parte contratante, ya sean aplicadas mediante contingentes, licencias de importación o de exportación, o por medio de otras medidas.”

Es necesario aclarar que en el mismo GATT, en su artículo XX, establece excepciones a la aplicación del artículo XI:  

“Artículo XX - Excepciones generales

A reserva de que no se apliquen las medidas enumeradas a continuación en forma que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los países en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción encubierta al comercio internacional, ninguna disposición del presente acuerdo será interpretada en el sentido de impedir que toda parte contratante adopte o aplique las medidas:

b) necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales;

g) relativas a la conservación de los recursos naturales agotables, a condición de que tales medidas se apliquen conjuntamente con restricciones a la producción o al consumo nacionales;”

Las restricciones al comercio se usan para proteger los recursos y el ambiente, tal como lo establece el artículo XX del GATT, que reconoce el derecho de cada uno de los países para adoptar cualquier medida que implique la prohibición de importación de bienes siempre que ésta sea necesaria para proteger la vida, la salud humana, animal o vegetal y la conservación de los recursos naturales.  

En este caso, la prohibición de focos incandescentes, es una medida para proteger el ambiente porque se trata de dejar de emitir bióxido de carbono (CO2), uno de los gases de efecto invernadero que provocan el cambio climático que emite nuestro país. Hay que recordar que los focos incandescentes o de bombilla sólo producen 10 por ciento de luz y 90 por ciento de calor, que se convierte en emisiones de CO2. Además, gastan cuatro veces más energía que una lámpára ahorradora compacta.

Si los diputados votan a favor, la ley entraría en vigor en 2012 y se dejarían de emitir 8.6 millones de CO2. Y dado que México se comprometió a disminuir en el 2012 al menos 50.6 millones de toneladas de CO2e (CO2 equivalente), esta iniciativa contribuiría a disminuir cerca del 17 por ciento de ese total.

México tiene el potencial de reducir en casi el 54 por ciento su consumo de energía para el año 2050 aprovechando el potencial de eficiencia energética que existe en el país. La sustitución de focos puede ser el primer paso en ese sentido.

Es necesario aclarar que la mayor parte de los países que han prohibido la comercialización de focos incandescentes también son parte de la Organización Mundial de Comercio, por lo tanto, están obligados a cumplir las disposiciones del acuerdo general del GATT, lo anterior de ninguna manera significó un obstáculo para prohibir la comercialización de focos incandescentes. Estos países son Ecuador, Argentina, Colombia, Honduras, Australia y todos los integrantes de la Unión Europea.

Greenpeace exige que los legisladores voten a favor de medidas de mitigación contra el cambio climático y no en defensa de los intereses de grandes empresas transnacionales como General Electric y OSRAM, que auspiciados bajo la Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas, buscan evitar a toda costa la aplicación de la ley.

¡Actúa!

Hay muchas formas en que puedes participar con Greenpeace; únete a nuestra causa y colabora con nosotros

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